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En la actualidad, 1 de cada 5 habitantes en el mundo nos estamos enfrentando a los cierres de negocios e instituciones gubernamentales, una pandemia estamos controlando y la única solución viable para enfrentar esta enfermedad,  es quedarnos en nuestra casa. 

Pero los conflictos, no se pueden detener al aumentar el encierro, se ha demostrado que hechos de violencia doméstica, se incrementa y con el cierre de empresas, los despidos hacia los trabajadores también se elevan, es decir, uno de los efectos colaterales de lo que se está viviendo es el elevación de conflictos que se pueden trasladar al aspecto judicial, congestionando a los juzgados. 

Nuestro sistema de justicia en Guatemala, que de por sí, es lento (según informes del Banco Mundial, un juicio dura más de 5 años, sin tomar en cuenta esto con el cierre de casi un mes de laborales de este año 2020) y caro, esto no ayuda a cumplir la meta del Organismo Judicial que es , “justicia pronta y cumplida”, pero también la infraestructura de las instalaciones tampoco ayuda al tema del distanciamiento social. 

Los abogados debemos de tener métodos que nos ubiquen en el mercado como innovadores y ofrecerles nuestros clientes servicios que satisfagan sus necesidades, en el aspecto de tiempo y economía. 

Es por ello que la Conciliación, es el método por excelencia que puede ayudar a reducir los más de 5 años de un proceso judicial y que nos ayuden a reducir los costos de nuestros clientes. Debemos de adoptar como requisito interno de nuestra oficina juridica que antes de iniciar el proceso judicial se agoten dos audiencias de conciliación y en caso contrario no se llega al acuerdo iniciar el proceso judicial (este comentario puede ser objeto de modificación).

Queda la inquietud, ¿qué pasa con el tema del distanciamiento social?, en este aspecto así como ya nos hemos acostumbrado a las capacitaciones virtuales, nos tendremos que acostumbrar también a resolver conflictos de manera virtual, porque para resolver un conflicto no es necesario que las partes se encuentren físicamente en el mismo lugar, por lo que la utilización de plataformas digitales pueden ayudarnos a realizar conciliaciones virturales. Pero y ¿qué pasa con el acuerdo?, como le damos forma a este si no estamos en la misma audiencia de forma física, pues lo que se hace en los acuerdos es que cada parte realiza una declaración unilateral de voluntad, en donde se compromete a realizar determinadas acciones y el documento debe de estar con firma legalizada (este comentario puede ser modificado).

Recuerden, que todas las profesiones y maneras en que realizamos nuestros actividades cambiaron a partir del famoso Coronavirus, por lo que no es la excepción la manera en que debemos de resolver nuestros conflictos. 

Para más información de este los servicios de conciliación:

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